| Inventario en el Brasil |
El Nuevo Código Civil Brasileño (Ley 10406/02) rige el régimen de transferencia de bienes por inventario y sucesión. De forma semejante, el Código Civil Portugués (Decreto-Ley 47344/66) disciplina la materia posibilitando al interesado el poder acompañar, a través de un equipo especializado, su inventario en otro país.
Con la internacionalización de los servicios y la posibilidad de oferta de servicios jurídicos en el exterior, es posible eliminar las diferencias existentes entre las leyes brasileñas y portuguesas.
La contratación y documentación pueden ser preparadas de acuerdo con los bienes a ser incluidos en el inventario.
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Portugal y Brasil poseen regímenes de bienes diferentes, lo que crea frecuentemente diversos problemas con la apertura de inventarios.
El análisis cuidadoso de la procuración otorgada a abogados para el patrocinio de su inventario puede evitar problemas futuros.
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